Las claves de la nueva Ley de Propiedad Intelectual

Tras la aprobacion del proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) por el Consejo de Ministros el proximo 15 de febrero, todo apunta a que el texto llegará a ser votado en el Congreso con pocos cambios. Éstas son sus mayores novedades.

1.- La Tasa Google con la máxima amplitud

Se ha dado a conocer como “tasa Google”, pero no afecta sólo al agregador de noticias de este gigante, sino a todo servicio que enlace a medios de comunicación citando resúmenes (como Yahoo! News, Menéa­me, lectores de RSS y, quizá, algunas redes sociales). El artículo 32.2 de la nueva LPI establece que estas citas, siempre que sean “fragmentos no significativos”, no requerirán autorización, pero dan derecho a los editores a recibir “una compensación equitativa”. Además, “este derecho será irrenunciable y se hará efectivo a través de las entidades de gestión”, CEDRO para los textos y VEGAP para las imágenes. Cada agregador tendrá que negociar con las entidades el monto de esa remuneración. Esto implica que pagará una tarifa estándar por todos los enlaces, incluso cuando se trate de medios que no pertenecen a ninguna gestora o publiquen sus contenidos bajo licencias libres.

La LPI no define cuál es la máxima extensión de un “fragmento no significativo” de un texto, pero sí que las fotografías siempre necesitan de autorización. Por contra, excluye del permiso y los pagos a las revistas de prensa de los medios impresos o audiovisuales cuando no se distribuyen por internet.

Esta tasa es una vieja reivindicación de los editores de periódicos, que se quejan de que Google obtiene enormes beneficios publicitarios a su costa, pero no había aparecido en los borradores de la LPI hasta el mismo día en que los ministros la aprobaron. Fue la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría la que la introdujo a última hora y en varios confidenciales se especula sobre un acuerdo entre el Gobierno y los grandes medios (CEDRO gestiona los derechos de AEDE, que agrupa, entre otros, a Prisa, Unidad Editorial, Vocento, Godó, Zeta y Prensa Ibérica), a cambio de benevolencia de cara a próximas contiendas electorales. Por su parte, Menéame, agregador de noticias colaborativo cuya continuidad sería inviable si tuviera que pagar altas tasas, se defiende asegurando que generan ingresos para los digitales cuyas visitas promueve: según sus cálculos “456.000 euros por la publicidad, cifra cinco veces superior a los ingresos de Menéame en 2013”.

2.- Reducción del Canon por copia privada

La LPI reduce el derecho de copia privada al uso de soportes físicos (CD, DVD) y a las grabaciones de emisiones de radio y televisión. Así se excluyen explícitamente las descargas, aunque se hagan sin ánimo de lucro. De momento se mantiene la financiación de esta compensación por parte del Estado, como sistema temporal mientras la Unión Europea aclara el estatus legal de este polémico pago.

Las universidades públicas y privadas tendrán que pagar 5 euros por alumno a CEDRO, a cambio de que se les permita divulgar fragmentos bibliográficos

Los ingresos derivados del Canon digital en compensación por copia privada cayeron estrepitosamente desde que corren a cargo de los Presupuestos Generales del Estado (y no lo pagan directamente los consumidores, como preveía la Ley Sinde y derogó el Gobierno del PP en 2011)

3.- Control a gestoras: ventanilla única para todas

Para incrementar la transparencia de las entidades de gestión, en entredicho tras destaparse la trama corrupta de la SGAE, se refuerza su regulación: se define la relación con sus socios, se imponen rendiciones anuales de cuentas y auditorías y habrá infracciones si se incumplen sus obligaciones. En casos límite, serán intervenidas por un gestor interino. Además, sólo podrán crear fundaciones y sociedades mercantiles si así lo aprueba la Secretaría de Estado de Cultura, que velará para que sean justificadas y excepcionales. Las entidades también tendrán que esforzarse en regularizar sus prácticas para confluir en una ventanilla única a la que los usuarios tendrán derecho a acudir si quieren tramitar a la vez derechos dependientes de distintas gestoras. Dependerá de una nueva entidad privada surgida del acuerdo entre todas las existentes.

4.- Se sancionará a las webs de enlaces.

Un día antes del Consejo de Ministros que aprobó el proyecto de LPI, la Alianza Internacional de la Propiedad Intelectual, el mayor lobby estadounidense en este ámbito, volvía a amenazar a España con presionar a Obama para que la incluya en su lista negra por sus “imparables índices de piratería”. Es lo habitual antes de cada trámite legislativo y España fue eliminada de ella cuando entró en vigor la Ley Sinde.

La LPI contempla medidas que inciden en lo que inició la Ley Sinde, con la posibilidad de sancionar a agencias de publicidad y servicios de pago relacionados con las webs sancionadas. Y no serán solamente las que ofrezcan contenidos protegidos por derechos de autoría, sino también las que, con fin comercial y sistemáticamente, facilitan el acceso ordenado, clasificado e indexado a estos contenidos. Es decir, apunta directamente a las webs de enlaces. Además, se va a modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil para facilitar la identificación de los titulares de webs cuando haya indicios razonables de que están disponiendo o enlazando contenidos protegidos a gran escala. Las sanciones oscilan entre 30.000 y 300.000 euros, siempre dirigidas a los prestadores de servicios y nunca contra los usuarios finales que descarguen.

5.- Más poderes para la Comisión de la Propiedad Intelectual

Con la Ley Sinde se creó la Comisión de Propiedad Intelectual, organismo dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura. Su sección primera será quien defina la tasa que pagarán los agregadores si no llegan a un acuerdo con las entidades de gestión en un plazo de ocho meses y quien vele por la creación de la ventanilla única. Su sección segunda, la encargada de perseguir a las webs denunciadas por los propietarios de derechos y con potestad para cerrarlas, podrá imponer las multas tanto a los titulares de estas webs como a las empresas que se anuncien en ellas. Esto se hará con mediación judicial, pero no se requerirá una orden firme de un juzgado hasta que no se quiera dar el paso más extremo: bloquear técnicamente el acceso a la web. La Secretaría de Estado reconoce que por ahora no tiene suficientes medios y promete dotar de más recursos a ambas secciones, integradas por expertos sin experiencia judicial elegidos a dedo. Desde que comenzó a funcionar ha cerrado completamente 16 webs y cancelado cinco dominios .es.