Canarias se convierte en la primera comunidad autónoma en adaptar su legislación a la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual.El Decreto fija el régimen jurídico de los servicios de comunicación audiovisual televisivos y radiofónicos ubicados en Canarias.
La norma inédita en toda España, se convierte en la antesala de la convocatoria del concurso público de las licencias de radio FM y fija los criterios a seguir para la obtención de las mismas
El día 8 de julio de 2010, el Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el Decreto de Servicios sobre Comunicación Audiovisual, con el fin de que Canarias esté adecuada a la nueva Ley 7/2010 General de Comunicación Audiovisual. De este modo, el nuevo Decreto se convierte en la primera norma de esta naturaleza que una comunidad autónoma promulga en España.
En cuanto al contenido del Decreto, se pueden apreciar 6 bloques fundamentales:
(i) El nuevo sistema de autorizaciones administrativas, donde se abordan los procesos necesarios a pasar si se pota a una licencia audiovisual o una comunicación previa.
(ii) Los detalles de la convocatoria de los concursos públicos de Radio FM y TDT (hoy denominados servicios de comunicación audiovisual radiofónica y televisiva respectivamente), donde se aprecia, genéricamente, cómo debe de ser el concurso público, los criterios de valoración de la documentación administrativa o Sobre nº 1 (valoración de aptitud) y los de valoración del Sobre nº 2, los proyectos (valoración de méritos); y por último las funciones de la Mesa de Contratación.
(iii) Los servicios de comunicación social comunitarios sin ánimo de lucro. Es decir, Radios y Televisiones que entren en este supuesto también deberán obtener esta especial licencia que tramitará el Gobierno de Canarias.
(iv) La capacidad de efectuar inspecciones a las instalaciones por el personal del Gobierno de Canarias.
(v) El régimen sancionador que se remite al dispuesto por La Ley General de Comunicación Audiovisual servicios de comunicación social comunitarios sin ánimo de lucro. Es decir, Radios y Televisiones que entren en este supuesto también deberán obtener esta especial licencia que tramitará el Gobierno de Canarias.
(vi) La creación del Registro Canario de Prestadores del Servicio de Comunicación audiovisual, entre los que se encuentran las radios y las televisiones.
Uno de los hitos importantes es que, en la medida se tenga competencias para ello, el Gobierno de Canarias debe hacer cumplir todas las obligaciones y derechos derivadas del Ley General de Comunicación Audiovisual. Por otro lado, se permiten realizar negocios jurídicos con las licencias (transmisión, arrendamiento, etc..) con un criterio más flexible que la anterior regulación, a pesar de cumplir los trámites regulados en el Decreto.
Otra de las cuestiones importante a tener en cuenta son los criterios que han de regir los concursos para la concesión de licencias en el sector audiovisual. Así en cada proyecto se valora: (i) La viabilidad económica de la propuesta de emisora; (ii) la viabilidad técnica, (iii) las características de la emisión del proyecto; (iv) las características de la emisión y programación; (vii) el compromiso de no transmitir la licencia durante un período de tiempo superior a la prohibición de transmisión legalmente establecida; y (viii) la creación de empleo.
Finalmente, el Decreto de Servicios sobre Comunicación Audiovisual, traslada a Canarias lo que la Ley General de Comunicación Audiovisual tiene en su seno, pasar a considerar la comunicación audiovisual como una actividad de interés general en lugar de un servicio público. La consecuencia de esta nueva concepción es que todas las autorizaciones administrativas relacionadas con el audiovisual no requerirán de un concurso público, salvo aquellas que utilicen las ondas terrestres, como es el caso de la radio y la TDT.
Se puede decir que la promulgación de este Decreto es la antesala a la convocatoria del concurso público de las licencias de radio FM en Canarias, que muchos operadores esperan. Aunque este será el primer concurso que se regirá por la nueva normativa audiovisual, tanto la estatal como la autonómica. Por eso las licencias pasan a tener 15 años de vigencia en lugar de 10.

