Sat, 10/24/2015 - 22:45

La CNMC requiere a los medios televisivos: Informativos y menores

La CNMC ha requerido a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual adheridos al Código de Autorregulación  que cumplan sus propios compromisos sobre “Contenidos Televisivos e Infancia” en la emisión de informativos.

El requerimiento llega tras las reclamaciones presentadas en los últimos años y después de numerosas advertencias verbales realizadas por la CNMC.

Ante las denuncias recibidas, la CNMC requiere a los operadores televisivos que cumplan el Código de Autorregulación en materia de contenidos televisivos para la infancia. Tal y como se contempla en el Código de Autorregulación y en la Ley General de Comunicación Audiovisual, se ha de buscar un equilibrio entre el derecho a la libertad de expresión y de información por parte de los operadores de televisión, y los derechos de los menores ante la emisión de programas televisivos en general y de los informativos en particular, de tal manera que no resulten perjudicados o en su caso se neutralicen o minimicen los eventuales perjuicios que se les pueda causar.

¿Qué pasa con los informativos en el Código de Autorregulación?

El Código de Autorregulación  (apartado II.3 dedicado a “los menores como telespectadores de los informativos”) estipula que:
•Se evitará la emisión de imágenes de violencia, tratos vejatorios, o sexo no necesarias para la comprensión de la noticia.
• Se evitará la emisión de secuencias particularmente crudas o brutales.
• En los casos de relevante valor social o informativo que justifiquen la emisión de las noticias o imágenes antes referidas, se avisará a los telespectadores de la inadecuación de las mismas para el público infantil.

Asimismo, se evitará la emisión de este tipo de imágenes en informativos que se puedan emitir en las franjas horarias de protección reforzada (entre las 8 y las 9 horas y entre las 17 y las 20 horas en el caso de los días laborables y entre las 9 y las 12 horas los sábados, domingos y fiestas de ámbito estatal), en las que el control parental puede ser menor, recomendando también, en la medida de lo posible, que la difusión de estas escenas cuando sea necesaria se efectúe en los informativos que se emitan fuera de la franja horaria de protección general de los menores.

Igualmente, en aquellos programas que no son propiamente informativos (magazines, infoshows, tertulias), pero en los que se tratan noticias de actualidad, han de cumplir con las disposiciones de la LGCA y del Código de Autorregulación respecto a la calificación por edades y avisar, en su caso, de la existencia de imágenes o secuencias especialmente duras que pueden afectar a la protección de los menores.

¿Quién ha firmado el Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia?

En diciembre de 2004 se firmó el Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia entre el Ente Público Radiotelevisión Española (hoy Corporación de Radio y Televisión Española, S.A.), Antena 3 de Televisión, S.A. (hoy Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A.), Gestevisión Telecinco, S.A. y Sogecable, S.A. (ambas hoy Mediaset España Comunicación, S.A.). En el año 2005 se adhirieron al Código de Autorregulación la Federación de Organismos de Radio y Televisión Autonómica (FORTA), Sociedad Gestora de Televisión Net TV, S.A., Unidad Editorial, S.A. (VEO TV) y Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta, S.A (actualmente Atresmedia, junto con Antena 3

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Sat, 10/24/2015 - 22:40

El futuro de la regulación de los medios: falta de fronteras audiovisuales

La Comisión Europea ha desarrollado una consulta pública sobre la nueva regulación de los medios de comunicación sobre la Directiva 2010/13/UE (Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual). Se ha denominado  “Un marco para los medios de comunicación del siglo XXI  europea".

 Los factores que han provocado esta consulta han sido la ausencia de fronteras audiovisuales y los nuevos retos que precisa la convergencia del mercado:

•El desarrollo de redes NGA.
•El advenimiento de nuevas plataformas e intermediarios digitales.
•La aparición de patrones de uso cambiantes con un consumo cada vez menos tradicional y a través de dispositivos en movilidad.
Desde 2014 los patrones de consumo de todos los segmentos de edad de la población en televisión tradicional o lineal ha disminuido. Los telespectadores más jóvenes, especialmente, estarían abandonando el consumo tradicional a cambio de un consumo menos lineal y cada vez más en movilidad.

 La Consulta pública de la CE se articula en 6 grandes apartados:

1.Garantía de unas condiciones de competencia iguales para los servicios de comunicación audiovisual.
2.Establecimiento de un nivel óptimo de protección de los consumidores.
3.Protección de los usuarios y prohibición de la incitación al odio y de la discriminación.
4.Promoción de contenidos audiovisuales europeos.
5.Fortalecimiento del mercado único.
6.Refuerzo de la libertad de comunicación y del pluralismo, acceso a la información y accesibilidad de las personas con discapacidad a los contenidos.
La CNMC ha realizado un cuestionario con respuestas que puedes consultar: Accede a las respuestas de la CNCM

Algunas de las respuestas de la CNMC
•La CNMC considera que deberían incluirse dentro del paraguas regulatorio aquellos intermediarios que distribuyen o facilitan el acceso de los contenidos a los usuarios finales.  Además, es necesario modificar no sólo la Directiva de Comunicación Audiovisual sino otras Directivas íntimamente relacionadas con ella (como la la Directiva sobre Comercio Electrónico) y que necesitan también una revisión de cara a obtener una regulación completa, coordinada y coherente.
•Es fundamental garantizar las condiciones de competencia entre agentes que compiten, en última instancia, por el mismo público. La filosofía de que una única Autoridad supervise al prestador -con independencia de los puntos de conexión para identificar donde está establecido- debe mantenerse para garantizar la libertad de circulación de mercancías, información y el fortalecimiento del mercado interior.
•Se debería proteger los derechos de los consumidores en todos los servicios audiovisuales de manera similar al de los servicios tradicionales: informando al consumidor del tiempo estimado de publicidad y limitando las interrupciones del contenido.
•La aparición de nuevos desarrollos tecnológicos, dispositivos y pantallas hace necesario replantearse las herramientas de protección del menor y adaptarlas a los nuevos hábitos de consumo, de manera que se garantice la protección del menor con independencia del dispositivo de consumo.
•Es necesaria una mayor armonización de los sistemas de calificación de contenidos. Aunque una armonización total sería muy difícil de conseguir, sí que se podrían determinar una serie de contenidos perjudiciales comunes que necesariamente se tengan que analizar a la hora de calificar los contenidos en todos los Estados miembros. También se debería introducir mayor armonización en los sistemas de control parental.

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Wed, 10/21/2015 - 09:58

PRISA recurre ante la CNMC la adjudicación de la TDT

PRISA ha denunciado ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) el Acuerdo del Consejo de Ministros que adjudicó tres licencias de televisión para la explotación del servicio de comunicación audiovisual televisiva en alta definición (HD), según ha informado el grupo de comunicación.

Así, señala que en la denuncia insta a la CNMC a presentar recurso contencioso-administrativo contra dicho Acuerdo, y pide que solicite la suspensión cautelar del mismo para “salvaguardar la libre competencia y el pluralismo en el mercado de la televisión, evitando perjuicios irreparables a consecuencia de la adjudicación de estas licencias a Mediaset y Atresmedia”.

También señala que de dicho Acuerdo se derivan “importantes obstáculos para el mantenimiento de una competencia efectiva al reforzar el duopolio que Mediaset y Atresmedia, con un 86% de cuota en el mercado de la publicidad televisiva, tienen en la actualidad”.

PRISA adelanta que también impugnará el Acuerdo del Consejo de Ministros ante el Tribunal Supremo y solicitará medidas cautelares de suspensión de la adjudicación. Igualmente, avanza que presentará denuncia ante la Comisión Europea por “su incompatibilidad con los artículos 106 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la UE”.

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Tue, 10/20/2015 - 09:58

El Tribunal Supremo establece límites al Derecho al Olvido

El pasado lunes, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo se ha dictado una sentencia en contra de la eliminación de la hemeroteca de un diario de difusión nacional, en su versión digital, de las identidades de dos personas que estuvieron implicadas en el tráfico de drogas hace treinta años y después rehicieron su vida.
 La sentencia realiza una ponderación entre el derecho a la información y el denominado "derecho al olvido" en Internet. Se refiere al caso de dos personas que en los años ochenta estuvieron implicadas en el tráfico y consumo de drogas, y que tras cumplir condena por estos hechos habían rehecho su vida personal, familiar y profesional.
 Estas personas interpusieron una demanda contra el diario tras comprobar que la noticia que se publicó sobre su detención, ingreso en prisión y padecimiento del síndrome de abstinencia, aparecía en los primeros lugares de las consultas en los motores de búsqueda de Internet. Sus peticiones fueron acogidas en primera instancia por un juzgado que condenó incluso al diario a indemnizarles.
 El Supremo, pese a estimar que el editor de una página web es responsable de que el tratamiento de estos datos respeten ciertas exigencias, se pronuncia sobre el ejercicio de la libertad de información que suponen las hemerotecas digitales, y los derechos al honor, la intimidad y la protección de datos personales de las personas afectadas por las informaciones contenidas en esas hemerotecas digitales.

Relevancia pública e interés histórico
La sentencia considera necesario ponderar el "potencial ofensivo" que para los derechos de la personalidad tiene la información publicada y el interés público en que esa información aparezca vinculada a los datos personales del afectado.
 Este interés, según el Supremo, puede justificar que cuando se trata de personas de relevancia pública o existe un interés histórico, una información sobre hechos que afectan a su privacidad o a su reputación, aun sucedidos mucho tiempo atrás, esté vinculada a sus datos personales -en particular su nombre y apellidos-, en las consultas realizadas a través de los buscadores de Internet.
 Pero esta vinculación a los datos personales de la información lesiva para el honor y la intimidad en una consulta por Internet va perdiendo su justificación, según dictamina el Supremo, a medida que transcurre el tiempo si las personas concernidas carecen de relevancia pública y los hechos, vinculados a esas personas, carecen de interés histórico.
 Considera el alto tribunal que aunque el tratamiento de los datos pueda considerarse veraz, ya no resulta adecuado para la finalidad con la que inicialmente fueron recogidos y tratados, y distorsiona gravemente la percepción que los demás ciudadanos tienen de la persona afectada, provocando un efecto estigmatizador e impidiendo su plena inserción en la sociedad.

No se puede construir "un pasado a medida"
La sentencia puntualiza que el llamado "derecho al olvido digital" no ampara que cada uno construya un pasado a su medida, impidiendo la difusión de informaciones sobre hechos que no se consideren positivos, ni justifica que aquellos que se exponen a sí mismos públicamente puedan exigir que se construya un currículo a su medida, según se señala en una nota hecha pública por el alto tribunal.
 El derecho a la protección de datos personales justifica que, a petición de los afectados, los responsables de las hemerotecas digitales deban adoptar medidas tecnológicas, tales como la utilización de códigos robots.txt o instrucciones noindex, etc., para que la página web de la hemeroteca digital en que aparezca la información obsoleta y gravemente perjudicial no pueda ser indexada por los buscadores de Internet.
 Sin embargo, en este caso concreto, la Sala rechaza la procedencia de eliminar los nombres y apellidos de la información recogida en la hemeroteca, o que los datos personales contenidos en la información no puedan ser indexados por el motor de búsqueda interno de la hemeroteca, pues considera que estas medidas suponen una "restricción excesiva" de la libertad de información vinculada a la existencia de las hemerotecas digitales.

 Fuente: El Confidencial

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Tue, 10/20/2015 - 09:34

Prisa impugna la adjudicación de tres nuevos canales de TDT en alta definición

Prisa ha denunciado ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) el acuerdo del Consejo de Ministros que ha adjudicado tres licencias de televisión para la explotación de tres canales en alta definición (HD) a Atresmedia, Mediaset y Real Madrid TV.

El grupo que preside Juan Luis Cebrián ha informado hoy en una nota de prensa de que también recurrirá el acuerdo del Ejecutivo -que adjudicó otras tres licencias en calidad estándar (SD) al Grupo Secuoya, Radio Blanca (Kiss FM) y 13tv- ante el Tribunal Supremo y la Comisión Europea.

En su denuncia, el grupo mediático insta a la CNMC a presentar recurso contencioso-administrativo contra el citado acuerdo y pide que solicite la suspensión cautelar "para salvaguardar la libre competencia y el pluralismo en el mercado de la televisión, evitando perjuicios irreparables".

Con la adjudicación de dos licencias a Mediaset y Atresmedia, Prisa considera que se generan "importantes obstáculos" para el mantenimiento de una "competencia efectiva", ya que entiende que se refuerza el "duopolio" que en la actualidad forman ambos grupos con un 86 % de cuota en el mercado de la publicidad televisiva.

Asimismo, Prisa impugnará ante el Tribunal Supremo y solicitará medidas cautelares de suspensión de la adjudicación, además de denunciar ante la Comisión Europea por su incompatibilidad con los artículos 106 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la UE.

Las emisiones de los seis nuevos canales están previstas que comiencen en el plazo máximo de seis meses.

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Mon, 10/19/2015 - 05:07

El reparto de 6 licencias de Television en abierto estatales se hace oficial

Los adjudicatarios de las licencias de televisión en abierto de cobertura estatal en alta definición son Atresmedia Corporación Medios de Comunicación, S.A., Mediaset España, S.A. y Real Madrid Club de Fútbol.
Los adjudicatarios de las licencias de televisión en abierto de cobertura estatal en calidad estándar son 13 TV,S.A., Radio Blanca, S.A. y Central Broadcaster Media, S.L.U.

El Consejo de Ministros ha acordado la adjudicación de seis licencias de televisión, en régimen de emisión en abierto de cobertura estatal. Cada licencia permitirá explotar un canal de televisión.

El Plan Técnico Nacional de la TDT, aprobado en septiembre de 2014, contemplaba capacidad disponible para nuevos canales de TDT de cobertura estatal. En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en la Ley General de la Comunicación Audiovisual del 31 de marzo de 2010, el pasado mes de abril el Consejo de Ministros aprobó el pliego de bases del concurso de las nuevas licencias y procedió a su convocatoria. Una vez concluido el trabajo de análisis y evaluación de las ofertas presentadas por parte de la Mesa Técnica de Evaluación hoy se procede a su adjudicación.

Adjudicatarios

Así, por un lado, se adjudican tres licencias para la emisión de un canal en alta definición a Real Madrid Club de Fútbol, Atresmedia Corporación Medios de Comunicación, S.A. y Mediaset España, S.A., respectivamente.

Por otro lado, se adjudican tres licencias para la emisión un canal en calidad estándar a 13 TV, S.A., Radio Blanca, S.A. y Central Broadcaster Media, S.L.U., respectivamente.

De acuerdo con lo estipulado en el Pliego del concurso, en el caso de los canales en calidad estándar se han valorado, fundamentalmente, los aspectos relativos a mejora del pluralismo y de la expresión libre de ideas y corrientes de opinión, mientras que en el caso de los canales en alta definición se ha valorado la oferta de una programación que contenga contenidos de alta calidad de imagen y sonido y la oferta de servicios innovadores.

Sin antenización adicional

El proceso de liberación del dividendo digital, que finalizó con éxito el pasado 31 de marzo, ha permitido que las instalaciones estén ya adaptadas, de forma que los ciudadanos podrán recibir estos seis nuevos canales sin necesidad de hacer ninguna actuación adicional en sus equipos y antenas, y solamente tendrán que sintonizarlos con el mando a distancia de su televisor.

Emisiones en el plazo máximo de seis meses

De acuerdo con las condiciones del concurso, los nuevos canales deberán comenzar las emisiones en el plazo máximo de seis meses desde el otorgamiento de la licencia y deberán ofrecer una cobertura al menos al 96 por 100 de la población

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Mon, 10/19/2015 - 03:49

Claves de la nueva adjudicación de canales TDT

Díez y Romeo abogados ha llevado un seguimiento del concurso público de adjudicación de 6 licencias TDT estatal. Por eso ha preparado unas breves claves sobre la situación actual del concurso audiovisual.

El pasado viernes 16 de octubre de 2015, siguiendo los calendarios del pliego, el Consejo de Ministros aprobó el otorgamiento de seis licencias de televisión en abierto de cobertura estatal, tres en tecnología estándar y tres en alta definición (HD).

1.- ¿Quiénes son los nuevos adjudicatarios de las licencias de TDT?

Los adjudicatarios de las licencias de televisión en abierto en calidad estándar (SD) han sido:

-13 TV S.A.
- Radio Blanca S.A. (Kiss TV);
- Central Broadcaster Media, S.L.U. (Grupo Secuoya).

Las licencias en alta definición (HD) han sido para
-Atresmedia Corporación Medios de Comunicación, S.A.,
- Mediaset España, S.A. y
- Real Madrid Club de Fútbol

2.- ¿Qué contenidos televisivos emitirán los nuevos canales?

Cada licencia audiovisual, que se corresponde con un nuevo canal de televisión, deberá someterse a los compromisos asumidos en las memorias que presentaron. De ellas parten los méritos que han dado lugar a las adjudicaciones y de no cumplirlas perdería los avales aportados y podría derivar en una extinción de licencias en caso de reiteración.

En cualquier caso varios han sido los nuevos adjudicatarios han realizado alguna manifestación al respecto sobre el posible modelo de la television.

Secuoya. Raúl Berdonés, consejero delegado de Secuoya, ha adelantado ya algunos detalles del nuevo canal. Según ha declarado en algunos medios, el nuevo canal se llamará provisionalmente D10 y tendrá contenido "familiar". El nuevo canal emitirá desde las 20:30 hasta las 22:30 y tendrá boletines informativos cada cinco minutos, similares a la radio.

13TV. No hay pistas sobre el contenido del nuevo canal, aunque en el mercado se da por hecho que será muy similar al del canal que emite actualmente.

Kiss Media. Tampoco se conocen los planes del grupo para el nuevo canal, aunque sí ha trascendido que la propuesta incluye una programación generalista con contenido musical. Se da por hecho que, en cualquier caso, no se limitará a la emisión de videoclips como actualmente.

Real Madrid TV. Un caso similar al de 13 TV. No ha dado pistas de cómo será el nuevo canal, pero se da por hecho que la estructura será similar al actual en plataformas de pago y que produce Mediapro.

Atres Media. Desde el grupo de comunicación no se han dado pistas sobre el nuevo canal, aunque sí se sabe que será complementario a la oferta actual.

Mediaset. Tampoco se han desvelado planes, pero también se espera que sea un canal que complemente los canales con los que ya cuenta.

3.- ¿Qué obligaciones debe de cumplir?

Las obligaciones que deben de cumplir son las siguientes:

1.- Prestar directamente el servicio objeto de la licencia, con posibilidad de transmitir y arrendar transcurridos 2 años desde la adjudicación (artículo 29 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo), salvo que en el proyecto se hayan comprometido a más años de explotación directa.

2.- Iniciar las emisiones conforme al siguiente calendario:
La emisión habrá de iniciarse a los 6 meses desde la publicación del BOE de la adjudicación. Y deben alcanzar la cobertura del 50% de la población española

Una vez se haya formalizado la licencia, los licenciatarios deberán alcanzar los siguientes objetivos mínimos de cobertura de población:

– El 80% en el plazo máximo de 12 meses.
– El 90% en el plazo máximo de 18 meses.
– El 96% en el plazo máximo de 24 meses.

3.- Garantizar el servicio televisivo continuado con sujeción a las condiciones y compromisos asumidos por el licitador en su solicitud.

4.-  Emitir en abierto durante 24 horas al día.

5.- Reservar a obras europeas el porcentaje correspondiente del tiempo de emisión anual de su programación, (artículo 5.2 Ley 7/2010, de 31 de marzo).

6.- Contribuir a la financiación anticipada de obra europea en los términos del artículo 5.3 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo.

7.-  Disponer de un sitio web en el que se hagan constar los extremos previstos en el artículo 6.1 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo.

8.- Suministrar la información necesaria para la elaboración e implantación de la GEP, artículo 6.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo.

9.- Archivar durante un plazo de 6 meses a contar desde la fecha de su primera emisión, todos los programas emitidos, incluidas las comunicaciones comerciales, y registrar los datos relativos a tales programas, (artículo 61 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo.)
10.- Cumplir las obligaciones con el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual, artículo 33 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo

11.- Suministrar a la Administración, cuanta información le sea requerida en relación con los aspectos técnicos y económicos del servicio y, en particular, información trimestral acerca de la cobertura alcanzada por cada canal de televisión, indicando las zonas geográficas y la población afectada que se vayan incorporando al servicio. La información trimestral a la que se refiere el párrafo anterior habrá de ser facilitada por el licenciatario dentro de los 45 días naturales siguientes a la fecha de conclusión del trimestre precedente.

12.-  Facilitar las comprobaciones e inspecciones que se realicen para verificar el cumplimiento de las condiciones de la licencia.

13.- El resto de las obligaciones a las que venga obligada por otras normas.

4.- Consecuencias del incumplimiento de los compromisos

El incumplimiento de los compromisos que el adjudicatario de la TDT haya asumido en su oferta podrá perder los avales presentados.

Hay incumplimientos que pueden suponer infracciones audiovisuales graves. Ello puede derivar en

• multas dinerarias de entre 500.001 € hasta 1.000.000, €
• Revocación de licencias televisivas

5.- Los pasos a dar tras la publicación en el BOE

La adjudicación definitiva se publica en el BOE y se notifica a los interesados. A los  30 días de dicha notificación se formaliza en documento contractual (contrato).

Obtener la concesión de dominio público radioeléctrico, otorgada por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

Inscribir en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual, la licencia y los datos pertinentes.

Abonar el correspondiente Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, conforme a su normativa reguladora

6.- ¿Cuál es la relación entre coberturas y emisiones?

Existente 2 hitos a tener en cuenta:

Una vez se halla publicación del BOE de la adjudicación, los licenciatarios deberán alcanzar los siguientes objetivos mínimos de cobertura de población:

– El 50% en el plazo máximo de 6 meses.

Una vez se haya formalizado la licencia, los licenciatarios deberán alcanzar los siguientes objetivos mínimos de cobertura de población:

– El 80% en el plazo máximo de 12 meses.
– El 90% en el plazo máximo de 18 meses.
– El 96% en el plazo máximo de 24 meses.

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Sat, 10/17/2015 - 09:41

Nuevas Licencias audiovisuales de TDT: Se anuncian las impugnaciones

PRSIA y Vocento han anunciado la interposicion de acciones legales frente al nuevo reparto de canales TDT el pasado viernes, el mismo día que el Ministro de Industria, Energía y Turismo, dió a conocer este viernes en una comparecencia tras el Consejo de Ministros de Ministros los adjudicatarios finales de los nuevos canales de TDT.

Desde finales de septiembre, ya se conociía que Mediaset, Atresmedia, Real Madrid TV, 13TV, Kiss TV (Radio Blanca) y Central Broadcaster Media (grupo Secuoya), había sido propuestos como adjudicatarios de los nuevos canales de TDT quedando fuera de las nuevas concesiones PRISA, El Corte Inglés y Vocento.

Según el Ejecutivo, “de acuerdo con lo estipulado en el Pliego del concurso, en el caso de los canales en calidad estándar se han valorado, fundamentalmente, los aspectos relativos a mejora del pluralismo y de la expresión libre de ideas y corrientes de opinión, mientras que en el caso de los canales en alta definición se ha valorado la oferta de una programación que contenga contenidos de alta calidad de imagen y sonido y la oferta de servicios innovadores”.

El Gobierno sacó a concurso el pasado 18 de abril un total de seis canales de TDT: tres en alta definición y otros tres, por sorpresa para todo un sector que tiene ya la vista puesta en la Ultra Alta Definición, en definición estándar.

Atresmedia, Mediaset y Real Madrid Tv contarán con un canal cada una para emitir en HD, mientras que 13TV, Kiss TV y Secuoya deberán emitir en estándar.

Quedarían así fuera de las nuevas concesiones PRISA, El Corte Inglés y Vocento, que pasaron el primer corte, y Capelu Audiovisuais, Alfa Salud y Primavera Córdoba que no fueron admitidas al concurso.

Los nuevos canales, que deberán empezar a emitir en un plazo máximo de 6 meses con una cobertura mínima del 50% de la población, tendrán licencia para emitir durante un periodo de 15 años.

Tras el primer año de emisiones, deberán cubrir el 80% de la población y el 96% en un plazo máximo de dos años.

Los recursos judiciales

El grupo PRISA ha anunciado ya que impugnará las licencias entregadas a Mediaset y Atresmedia ya que a su juicio infringen el artículo 106.1 en relación con el artículo 102 del TFUE, al crear “un riesgo de abuso de posición dominante”. Mediaset y Atresmedia ya son adjudicatarias respectivamente de seis y cinco licencias para la explotación, en régimen de emisión en abierto, del servicio de comunicación audiovisual televisiva mediante ondas hertzianas terrestres de cobertura estatal, por lo que quedarían excluidas de la adjudicación de ulteriores licencias, indica PRISA.

Estas nuevas adjudicaciones supondría no sólo un incumplimiento del Pliego de Condiciones, sino también la infracción del artículo 36 de la Ley Audiovisual y de diversos artículos de las Directivas de la Unión Europea y del tratado de la misma, afirman desde PRISA.

Por su parte, Luis Enríquez, consejero delegado del grupo Vocento, otro de los perdedores en este concurso, también ha anunciado su intención de recurrir este reparto.

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Sat, 10/17/2015 - 09:32

Las 6 nuevas licencias de TDT son adjudicadas por el Consejo de Ministeros

El pasado viernes el Consejo de Ministro ha adjudicado tres canales de TDT en alta definición (HD) al Real Madrid, Atresmedia y Mediaset y otorgó tres licencias en calidad estándar (SD) a 13 TV, Radio Blanca, que gestiona la emisora musical Kiss TV, y Central Broadcaster Media, cuya matriz, la productora Secuoya, ha obtenido contratos millonarios en las televisiones autonómicas. El Gobierno ha dejado fuera a los grupos Vocento y PRISA así como a la cadena de grandes almacenes El Corte Inglés.

Con las seis nuevas licencias adjudicadas el viernes, serán 21 los canales privados que emitan en abierto para todo el territorio. Más de la mitad de la oferta de TDT estará gestionada por dos consorcios: Mediaset, que explotará siete señales, y Atresmedia, que gestionará seis. Ambos operadores cuentan además con la ventaja de que uno los canales de sus respectivos grupos será en alta definición, una tecnología que permite una mayor calidad de imagen y sonido y, por tanto, consume más espacio radioléctrico. Con esta decisión, el Gobierno refuerza el duopolio audiovisual.

Contra estas adjudicaciones, el grupo PRISA (editor de EL PAÍS) ha presentado alegaciones ante el Consejo de Ministros y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información —organismo dependiente de Industria— por entender que son contrarias a diversas directivas comunitarias y tratados de la Unión Europea y vulneran las propias bases del concurso, que abogan por la competencia y el pluralismo.

El titular de Industria, José Manuel Soria, afirmó que las ofertas se han valorado basándose en “los mismos criterios” e insistió en que se ha seguido lo estipulado en el pliego del concurso. En el caso de los canales en calidad estándar, dijo, se han puntuado fundamentalmente “los aspectos relativos a mejora del pluralismo y de la expresión libre de ideas y corrientes de opinión, mientras que en el caso de los canales en alta definición se ha valorado la oferta de una programación que contenga contenidos de alta calidad de imagen y sonido y la oferta de servicios innovadores”.

Industria convocó el 17 de abril un concurso que planteaba como objetivos el impulso de los contenidos de calidad y “una mayor representatividad de los plurales intereses y corrientes de opinión de la sociedad”. Sin embargo, ha optado por incrementar la oferta de canales ya existentes, una decisión que no fomenta la competencia ni amplía el pluralismo, toda vez que Atresmedia y Mediaset suman casi el 60% de la audiencia y el 90% de la facturación publicitaria del sector.

Tampoco favorece el pluralismo la licencia en alta definición adjudicada al Real Madrid. Este club de fútbol emite en las plataformas de pago una señal dedicada exclusivamente a la historia y las actividades deportivas y sociales del equipo blanco.

Para los canales en tecnología estándar el Gobierno ha elegido a 13 TV, la marca impulsada por la Conferencia Episcopal, que actualmente emite a través de una frecuencia alquilada a Unidad Editorial (editor de El Mundo), cuya segunda licencia está arrendada a Discovery.

De los dos canales a los que aspiraba, Secuoya ha obtenido una frecuencia. Esta productora se ha hecho fuerte gracias a los contratos de prestación de servicios con los entes autonómicos. Con el Gobierno murciano (PP) ha firmado un acuerdo para gestionar durante seis años la televisión pública por 72 millones de euros. Ha producido, asimismo, programas para TVE como Así de claro, presentado por Ernesto Sáenz de Buruaga, o la serie Víctor Ros.

Radio Blanca, propiedad del empresario Blas Herrero, obtiene licencia de ámbito estatal, que se une a las dos que le fueron adjudicadas por el Gobierno de Esperanza Aguirre en 2005. Herrero optó también a un canal nacional aquel año en el concurso que se resolvió a favor de La Sexta.

Todas las licencias tienen un periodo de 15 años renovables y las emisiones deberán comenzar en un plazo de seis meses.

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Sat, 10/10/2015 - 10:54

Norman Foster contruirá en Ruanda el primer aeropuerto del mundo sólo para drones

La fundación del estudio del arquitecto estrella Norman Foster lanzó hace un mes la propuesta de levantar aeropuertos para drones en África para transportar medicamentos y mercancías, y sorteando así los problemas por falta de carreteras. El Gobierno de Ruanda ha recogido el guante y prepara ya la regulación para operar con este tipo de aparatos.

Ruanda quiere convertirse en el primer país del mundo en contar con un aeropuerto específicamente creado para operar con drones. Las autoridades de la aviación civil ruandesas trabajan ya en la legislación para regular el uso de estas aeronaves no tripuladas y sus planes pasan por que el nuevo marco entre en vigor en 2016.

Ruanda quiere ser el primer país en aprovechar la iniciativa que el mes pasado lanzó Foster + Partners –el estudio del célebre arquitecto Norman Foster- con el objetivo de construir aeropuertos para drones en África. Las aeronaves servirían para establecer rutas de transporte de mercancías y medicamentos a gran escala en un país en que las comunicaciones sufren de una red viaria más que precaria.

Los planes de la fundación de Foster, con sede en Madrid, pasan por impulsar en el continente africano dos redes de servicios de drones. Una red que utilizaría pequeños drones para el suministro de medicamentos y equipos de emergencia a lugares de difícil acceso, y una red comercial con aparatos de mayor tamaño y que serviría para transportar mercancías a zonas remotas del país.
Inicialmente se utilizarían drones de tres metros de longitud que pueden transportar una carga de unos 10 kilos, para a lo largo de la próxima década ir sumando aeronaves de hasta el doble de tamaño con capacidad para 100 kilos de carga.

El proyecto piloto que se implementará en Ruanda, y que puede arrancar ya el año próximo, contempla la construcción de tres aeropuertos para drones antes de 2020 y que servirían para cubrir casi la mitad del territorio del país con las nuevas rutas. En una fase posterior, se irían sumando nuevas instalaciones por todo el país hasta sumar más de 40 centros. “La localización central de Ruanda permitiría una más fácil expansión en países vecinos como Congo, salvando muchos miles más de vidas”, sostiene Foster + Partners.

Fuente: Sabemos Digital
 

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Sat, 10/10/2015 - 10:49

El Ministerio de Defensa adquiere drones Reaper

Reaper, el nombre del dron que España va a comprar a EE UU, significa en inglés segador. Menos tranquilizadora aún es la denominación del primer modelo de este vehículo aéreo no tripulado (UAV) fabricado por General Atomics: Predator (Depredador). La Administración de Obama los ha empleado profusamente en Pakistán, Yemen o Somalia y Hollywood ha popularizado tanto su precisión quirúrgica como sus daños colaterales.
Con esos precedentes, resulta difícil creer que los cuatro Reaper comprados por Defensa se dediquen solo a la vigilancia. Pero así es. Al menos por ahora.
Sin armas, los equipos adquiridos junto a los cuatro drones MQ-9 Block 5 y las dos estaciones móviles terrestres de control sirven exclusivamente para la navegación y la vigilancia: 20 sistemas de posicionamiento GPS y de guiado inercial, cinco sistemas electroópticos multiespectrales MTS-B de Raytheon y cinco radares de apertura sintética Lynx AN/APY-8. La Secretaría de Estado de EE UU ha aprobado la venta por 243 millones de dólares (216 millones de euros), pero podrían ser menos porque 80 millones de dólares (70 de euros) corresponden a un paquete de repuestos, accesorios y formación aún por cerrar, según Defensa.
Se podrán emplear en cometidos tan diversos como rescate de náufragos, control de vertidos contaminantes, vigilancia de incendios forestales o seguimiento de sospechosos, en apoyo a la Administración civil. También podrán desplegarse en zonas de crisis o para dar protección a las tropas; en solitario (como fue la crisis de Perejil) o en colaboración con otros aliados en teatros de operaciones como Malí o Líbano. No en vano una de las ventajas del Reaper sobre su competidor (el Heron TP israelí) ha sido que ya lo tienen Reino Unido, Francia e Italia y lo ha encargado Holanda.
Frente a la escasa autonomía de los drones con que cuenta España (el Raven, el Searcher y el Scaneagle), los Reaper pueden volar más de 24 horas por encima de los 10.000 metros y tomar imágenes de gran nitidez de día o de noche, con nubes o sin ellas. Dependerán funcionalmente del Estado Mayor de la Defensa, pero los operará el Ejército del Aire y estarán adscritos al 47 Grupo Mixto de Fuerzas Aéreas, que cuenta con aviones B-707 y Falcon 20 para misiones de reconocimiento, guerra electrónica o inteligencia.

Con base en Torrejón
La unidad tendrá su sede en Torrejón (Madrid), aunque los drones podrían estar en otras bases menos saturadas. Su vuelo presenta especiales complicaciones: no pueden compartir espacio aéreo con aviones civiles y necesitan espacio radioeléctrico libre de interferencias. Está previsto que estén operativos en 2017. En 2016 se formarán las tripulaciones, que ya reciben un curso en la Escuela de Matacán (Salamanca).
Aunque se han comprado para vigilancia, eso no significa que no puedan hacer otra cosa en el futuro. “Estos aparatos pueden durar 15 o 20 años y nadie sabe lo que pasará en ese tiempo”, admite un mando militar. El MQ-9 está preparado para cargar más de una tonelada de explosivos y dispone de anclajes para cohetes Stinger, misiles Hellfire o bombas GBU-12. “Si se decidiera armarlos, sería relativamente fácil, bastarían algunas modificaciones menores y un software específico”, añade el mismo mando. Algunos expertos creen que no es lógico comprar el Block 5 (que es más caro, pero tiene mayor potencia, lo que permite aumentar la carga) solo para vigilancia.
Pero para 2025 Europa ya debería tener su propio UCAV: Vehículo Aéreo de Combate No Tripulado. Al menos, esos son los planes.

Fuente El País
 

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Fri, 10/09/2015 - 10:35

El Tribunal de la Union Europea declara nulo el acuerdo "Safe Harbor" (Puerto Seguro)

Los gigantes tecnológicos como Facebook, Google o Twitter están a punto de enfrentarse a algunos dolores de cabeza por culpa de los datos en Europa después de que ayer el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminara que el acuerdo “Safe Harbor” o “puerto seguro” –por el cual miles de empresas tecnológicas de Estados Unidos recopilan datos de usuarios de otros países- no es válido.

 Safe Harbor es un pacto de 15 años de antigüedad que permite la transferencia de datos a Estados Unidos con la misma facilidad que dentro de Europa. El nuevo fallo del tribunal internacional se debe a las filtraciones de Edward Snowden en 2013, que reveló que los datos de Estados Unidos no siempre están a salvo de la vigilancia.

 Asimismo, el ciudadano austriaco Maximiliano Schrems presentó una demanda legal en Irlanda alegando que Facebook violaba su privacidad. El tribunal irlandés inicialmente rechazó su afirmación, pero el Tribunal de Justicia Europeo dictaminó lo contrario, afirmando que las autoridades estadounidenses interfirieron en los derechos de Schrems y que serán reexaminados.
 Sin Safe Harbor, cada país europeo puede empezar a establecer sus propias normas de datos, lo que significa que las empresas de tecnología estadounidenses tendrían que cumplir con docenas de diferentes normas, lo que sin duda podría llegar a convertirse en una pesadilla para los “marketeros” globales.

 En un comunicado, Mike Zaneis, vicepresidente ejecutivo de política pública y el consejero general en IAB, dijo: “La decisión de hoy del Tribunal Europeo de Justicia pone en riesgo a miles de empresas a través del Atlántico”, en referencia a los 84 millones de dólares que fluyen entre el mercado publicitario de Estados Unidos y Europa.

“Durante casi 15 años, el acuerdo Safe Harbor ha proporcionado a las empresas miembros de IAB un medio eficiente para cumplir con la ley de privacidad de la Unión Europea. El debilitamiento del acuerdo Safe Harbor limita a los consumidores europeos; el acceso a los servicios digitales de valor, e impide el comercio y la innovación. Instamos a Estados Unidos y a la Unión Europea a acordar nuevas reglas para la transferencia transatlántica de los datos, teniendo en cuenta la sentencia del TJUE“.

Fuente: Marketing Digital: http://www.marketingdirecto.com/actualidad/publicidad/fallo-del-tjue-po…

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Fri, 10/09/2015 - 10:17

Licencias Radio FM Murcia: La Asamblea solicita su anulación

Toda la oposición en bloque (Ciudadanos, Podemos y PSOE) de la Asamblea Regional ha acordado el pasado jueves, solicitar que se anule el concurso para la concesión de licencias de radio FM en la Región de Murcia y que se abra una nueva convocatoria que se caracterice por:

• Imposibilidad de trasmitir licencias a terceros
• No permitir acumular más del 25% de licencias a un solo grupo.

1.- Propuesta de Ciudadanos: falta de transparencia.
 Esta moción ha sido consensuada por los 3 grupos durante el pleno del pasado jueves 8 de octubre en la Asamblea Regional, y el debate ha partido de una propuesta del diputado de Ciudadanos Miguel Ángel López Morell, que ha recordado que el concurso para adjudicar 51 licencias de comunicación radiofónica (radio FM) en la región se abrió en 2013, y cerca de tres años después, estás aún no han sido concedidas.
 En su opinión, todo el proceso ha sido poco transparente, con muy pocos elementos públicos, y los criterios del concurso no se han ajustado a la legalidad, y ha hecho especial hincapié en el hecho de que 34 de las licencias irían a parar al mismo grupo de comunicación.
 Por eso ha pedido que no se continúe con este proceso de concurrencia en el que se ha "incumplido la legalidad vigente", así como que se impidan las adjudicaciones masivas a una determinada empresa y se estudie la posibilidad de declarar desierto el concurso.

2.- PSOE: Anulación o desierto.-
El diputado del PSOE Emilio Ivars ha recordado que ya en 2007 se abrió un concurso para adjudicar estas licencias que finalmente se declaró en 2012 por superar los plazos establecidos, y ha considerado que el actual proceso lleva el mismo camino, a la vez que ha lamentado la falta de pluralidad en las adjudicaciones.
 El partido ha planteado una moción alternativa para pedir la anulación del concurso o declararlo desierto y poner en marcha un nuevo proceso que impida transmitir las licencias a terceros y que un solo grupo adjudicatario acumule más del 25 por ciento de las licencias.

3.- Podemos: Anulación directa.-
En el mismo sentido, el portavoz de Podemos Óscar Urralburu, ha pedido que el concurso no se declare desierto, sino que se anule y se abra un nuevo proceso en el que se abogue por la pluralidad de las concesiones.
 Además, ha señalado que su partido no dispone de información sobre este proceso pero ha invitado a C's, si tiene pruebas de la intención de conceder 34 de las 51 licencias a un mismo grupo, a denunciar el caso ante los tribunales.
 Finalmente, los tres partidos han consensuado una propuesta común para pedir que el concurso sea declarado nulo y que se ponga en marcha un nuevo proceso que imposibilite la transmisión de licencias a terceros y limite la adjudicación de licencias para que ningún licitante acumule más del 25 por ciento de las licencias.

4.- PP: El retraso es debido al número de ofertas.-
Por su parte, la diputada del PP Yolanda Fernández ha señalado que el concurso de 2007 no se anuló por dejadez, sino por cambios en el marco legislativo, y ha asegurado que en el concurso actual se preveía ampliar los plazos de resolución.
 Las concesiones se han ralentizado porque se han recibido 396 expedientes de licitación, así como la apertura de un procedimiento judicial relacionado con el caso, pero ha insistido en que el expediente se ha llevado con normalidad, por lo que ha pedido que no se declare nulo el concurso, sino que la Consejería de Desarrollo Económico revise de nuevo el expediente para comprobar que cumple con todos los requisitos jurídicos y se ajusta a la ley y las necesidades actuales.
 Esa petición no ha sido aceptada ni incluida en el texto aprobado por la Cámara, y el PP se ha abstenido en la votación.

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Wed, 10/07/2015 - 10:02

Las noticias al estilo Netflix: Salvación de los medios impresos

El futuro del papel está cada vez más comprometido y es que, la situación económica de los medios impresos con la aparición de ediciones digitales y medios nativos online, no ha hecho más que empeorar. Cada vez hay menos lectores que pagan por la información y la inversión de publicidad en este formato es mínima. Mucho se ha hablado sobre el futuro de estos medios y todo apunta a que aquellos que no se adapten al mundo digital acabarán en la tumba.

 Así lo confirma también el analista de Macquarie Research, Matthew Brooks que asegura que, en el futuro, los periódicos deberían deshacerse de sus imprentas y comprar tablets para sus suscriptores y desarrollar un modelo de noticias al más puro estilo Netflix.

 Según Brooks, este método proporcionaría ahorros inmediatos e importantes a las compañías de medios y es que el traspaso a la era digital y la oferta de tabletas puede incrementar la base de suscriptores que, pagando una tarifa plana asequible, produciría rentabilidad al negocio.

Por ejemplo, con una tarifa de 2 dólares al mes por suscripción y con productos digitales mejorados se podría monetizar hasta 5 millones más haciendo que se alcancen los 42 millones de visitas únicas”, asegura Brooks.

 Además, sugiere que un acuerdo entre los medios y una de los tres grandes fabricantes de tabletas podría suponer una nueva fuente de ingresos. Y es que, el traspaso del papel a la pantalla hace que los márgenes de beneficios que tendrían las compañías se amplían considerablemente, pues los gastos de producción de la imprenta suponen 140 millones de dólares al año.

 Aunque este modelo es un proyecto resulta una gran oportunidad para los medios impresos y su asfixiante situación económica y es que, la adaptación al mundo digital es un paso inevitable para las compañías si quieren seguir a flote

 Fuente:  http://www.marketingdirecto.com/actualidad/medios/la-salvacion-los-medi…

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Wed, 10/07/2015 - 09:50

Cáceres, Mérida y Badajoz S.L., obtiene 6 nuevas licencias de FM en Extremadura, tras Sentencia del Tribunal Supremo

La Junta de Extremadura, a través de la dirección general de Administración Electrónica y Tecnologías de la Información, ha resuelto retirar la adjudicación provisional de seis emisoras de radio de Frecuencia Modulada concedidas en 1998 a distintos licitadores otorgándoselas, también de forma provisional, a la empresa 'Cáceres, Mérida y Badajoz SL', vinculada a la familia de Pedro Acedo, exalcalde emeritense, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo con fecha de 24 de septiembre de 2014.

 Se trata de las emisoras de radio de Fregenal de la Sierra, concedida inicialmente a Onda Cero; Llerena (Carlos Tomeo, y asociada a la Ser), Villafranca de los Barros (Ser), Villanueva de la Serena (Cope), Moraleja (Icaro SL) y Valencia de Alcántara (Icaro SL). Las mismas ahora deberán ser gestionadas por la nueva empresa. En la resolución también confirma las adjudicaciones de las emisoras de Almendralejo a sus actuales responsables (Francisco Javier Morillo) y Jaraíz de la Vera (Luis del Olmo). La emisora de Miajadas, por su parte, se mantiene dado que su adjudicación no resultó "controvertida" según señala en su literalidad la citada resolución.

 Pedro Acedo, en conservación telefónica con El Periódico Extremadura, confirmó los hechos, indicando a la vez que ya no está vinculado a la empresa que ahora ha resultado adjudicataria dado que se desprendió de las acciones hace algunos años. No obstante, aclaró que la misma sigue siendo propiedad de miembros de su familia.

 La resolución, que tiene fecha de 16 de septiembre del 2015 y la firma la secretaria general, Maria Ascensión Murillo, todavía puede ser recurrida mediante recurso de reposición a la propia dirección general o directamente mediante recurso contencioso administrativo a la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

 El pleito judicial de este asunto se remonta al 12 de marzo de 1998 cuando se llevó a efecto la concesión de emisoras. La familia Acedo y la Junta de Extremadura han seguido pleiteando en los tribunales hasta que finalmente el Tribunal Supremo ha obligado a constituir nuevamente la mesa de contratación a fin de efectuar una nueva valoración y consiguientemente realizar una nueva propuesta de adjudicación

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