• División en el Tribunal Constitucional ante los Recursos de amparo de las emisoras que piden licencias de radio digital( DAB+)

     

    Sentencia con gran debate.

    La radio digital ha sido motivo de discusión en la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 89/2023, de 18 de julio. El fallo ha desestimado el Recurso de amparo de una emisora de radio que pedía la convocatoria de concursos de licencias DAB, pero ha dado lugar a una controversia que resolverá el Tribunal Europeo de Derechos Humanos con la defensa articulada por Diez & Romeo Abogados

    Muy sintomático es la división que ha provocado la irrupción de la tecnología digital de la Radio en los magistrados. Para resolver se tuvo que convocar al Pleno donde los 11 miembros debatieron a fondo para dictar una sentencia que apoyaron 7 magistrados. Los otros 4 jueces emitieron votos particulares separándose de la mayoría.

     

    El conflicto.

    Los hechos se remontan a 2018, cuando las radios solicitaron a las CCAA la convocatoria de los concursos públicos de licencias de radio digital vacantes. Varios motivos impulsaron esas peticiones: la creciente iniciativa privada ante el escaso número de licencias, la disponibilidad del espectro y la implantación de la libertad de presa en el mundo digital. Además, las autoridades tienen la obligación legal de licitar las licencias audiovisuales sin adjudicar.

    Sin embargo, muchas CC.AA., salvo Extremadura, Baleares y Navarra, se negaron a sacar a concurso las licencias disponibles.

    Tras un periplo por distintos tribunales, una emisora pidió amparo al TC invocando el derecho a crear los medios de comunicación indispensables para ejercer la libertad de expresión (opiniones) y comunicación veraz (informaciones). El llamado Derecho de Antena.

    ¿Razón? por la negativa de La Rioja a convocar el concurso público de licencias de Radio Digital DAB amparándose en un argumento formal: el transcurso de un plazo incumplido por la pasividad de la administración, que dio lugar al decaimiento del espectro radioeléctrico de competencia estatal.

     

    Demoledores votos particulares de los magistrados.

    Entre los 4 votos particulares, hay 2 discrepantes con la sentencia de los Altos Magistrados Dª María Luisa Balaguer Callejón y D. Ramón Sáez Valcárcel, que analizan a fondo la cuestión.

    Ambos jueces concluyen que no convocar los concursos de licencias de radio digital infringe el derecho a crear medios de comunicación regulado en la Constitución.

    Para la magistrada Balaguer, el derecho de antena se ha visto suspendido por la inactividad de La Rioja al no sacar a concurso las licencias DAB. Algo que no es compatible con el derecho de la Unión Europea, ni con el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas.

    Por su parte, el magistrado Sáez considera que la inactividad de la Administración no demuestra que no hubiera espectro radioeléctrico suficiente y, por eso, se ha impedido el ejercicio del derecho fundamental a comunicar y recibir información audiovisual del art. 20.1.d de la Constitución.

     

    Al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)

    Nuestro bufete ha propulsado la entrada en España de la Radio Digital ( DAB+) para que sea una realidad.

    A la vista de los argumentos jurídicos existentes, varias emisoras de Radio digital ya están preparando los Recursos al TEDH con sede en Estrasburgo, a través de nuestro Despacho Díez & Romeo, para lo cual cuentan con un plazo de 4 meses.

     

    Compartir
    • Radios y Televisiones comunitarias pueden solicitar las nuevas licencias hasta el 8 de enero de 2023.
    • Una nueva oportunidad de regularizar del tercer sector .

     

    Las emisoras sin ánimo cuentan con un nuevo instrumento para su legalización gracias a la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, publicada en el Boletín Oficial del Estado, de 8 de julio de 2022 https://www.boe.es/eli/es/l/2022/07/07/13.

    Se trata de la Disposición Transitoria 3ª de la Ley, que establece una posibilidad excepcional de obtener licencia audiovisual en base al arraigo de sus emisiones durante los últimos 5 años.

    1.- La vocación de la Ley.

    Pasados 10 años desde la primera Ley Audiovisual, esta nueva regulación tiene como vocación modernizar el marco jurídico básico, con la mayor seguridad jurídica, garantías y flexibilidad posibles para las dos actividades reguladas integralmente:

    • La comunicación audiovisual, incluyendo las radios y TV comunitarias.
    • El intercambio de vídeos a través de plataforma.

    La voluntad de permanencia en un entorno dinámico es la otra vocación de la ley.

    2.- El objetivo de la Ley.

    El objetivo de la regulación pretende dar seguridad a todas las formas de comunicación audiovisual. También a las emisiones sin ánimo de lucro.

    Por un lado, se actualiza el marco jurídico general para favorecer el desarrollo del sector audiovisual permitiendo que la normativa permanezca vigente ante el vertiginoso progreso esperado en los próximos años.

    En segundo lugar, se busca establecer las mismas reglas del juego para los diferentes actores que compiten por una misma audiencia. Estas obligaciones no dependerán de la tecnología que utilicen los medios, sino de su capacidad de control editorial y de elección de los contenidos.

    3.- Los requisitos para la licencia sin ánimo de lucro.

    La Disposición Transitoria 3ª de la Ley fija lo exigido por las emisoras para obtener la licencia:

    • Acreditar un funcionamiento ininterrumpido durante los últimos 5 años. Entre 2017 y 2022.
    • No haber causado problemas de interferencias.
    • Declarar formalmente que pretenden continuar con las emisiones.

    4.- Plazo para la solicitud.

    El plazo para efectuar la solicitud es de 6 meses a contar desde la entrada en vigor de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual. Es decir, que el último día de plazo es el 8 de enero de 2023.

    5.- Deber de reservar el espectro por el Estado.

    La ley obliga al Estado a reservar el dominio público radioeléctrico para la prestación de los servicios comunitarios sin ánimo de lucro, por lo que las CCAA ya no podrán denegar las solicitudes por falta de planificación.

    Para más información:

    Las claves legales de las emisoras comunitarias a análisis

     https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-publico/derecho-administrativo/las-claves-legales-de-las-emisoras-comunitarias-a-analisis-2012-03-16/

     

     

    Compartir
  • Artículo de Opinión de Díez & Romeo en Newtral:

    Los resultados del concurso de radios de FM en Castilla y León reavivan el debate sobre el reparto de frecuencias, tanto analógicas como digitales

    https://www.newtral.es/radio-digital-licencias-fm-concurso/20221105/

    El concurso para repartir 138 licencias de radio en frecuencia modulada (FM) en Castilla y León era uno de los más esperados. La comunidad tenía asignadas estas frecuencias sin entregar desde 2006, cuando se aprobó el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión sonora de FM. Pero el desenlace no ha sido bien recibido por todos y la gran cantidad de frecuencias en juego no ha evitado la polémica en torno al reparto entre quienes critican la falta de pluralismo en las licencias concedidas.  

    Los resultados del concurso reflejan la lucha que libra el sector. Mientras que algunos grupos llevan años reclamando que se adjudiquen nuevas licencias tanto en FM como en radio digital, las comunidades prefieren no hacerlo para evitar las complicaciones que conllevan, y aunque la ley fija la obligación de dar la oportunidad a nuevos medios y garantizar la presencia de distintos sectores, cada vez es más difícil acceder a una nueva licencia. 

    “Los concursos son algo muy traumático para las comunidades por lo que comporta dar una licencia a un medio u otro. Ya no solo por las grandes cadenas, sino por las emisoras locales y las cabeceras de diarios. Es un problema por las presiones internas que se reciben”, explica Jaime Rodríguez, abogado del despacho Diez & Romeo Abogados, especializado en derecho audiovisual.

    Lo mismo sucede con la radio digital. Mientras que varios países de Europa han avanzado en el desarrollo de este sistema, España se encuentra aún rezagado, y las autoridades han dado pocos pasos para ofertar nuevas licencias. 

    “La radio siempre ha sido un medio muy estable, con audiencias e inversiones muy estables que permiten hacer previsiones y planes de negocio de una forma muy cómoda. ¿Qué ocurre? Que no interesa que haya ese cambio”, dejando poco espacio para quien quiera abrir una nueva cadena de radio, explica Alberto L. García, profesor de la Universidad Complutense especializado en Estructura y Empresa de Radio. 

     

    Las comunidades se quedan rezagadas en el impulso a la radio digital 

    La radio digital está ahora en manos del Constitucional, que debe decidir si las comunidades que no han convocado un concurso están incumpliendo la ley. 

    “España está en la fase menos avanzada de Europa, en la de esperar y ver. No estamos haciendo nada, hay mucha pasividad por no querer abrir el mercado”, explica García, quien apunta a que en algunos países como Noruega o Suecia ya se ha hecho un apagón analógico, y en otros países como Reino Unido, Italia o Alemania esta modalidad de radio está en una fase muy avanzada. “España sabe que tiene que hacerlo porque les obliga la Unión Europea, pero los gobiernos regionales no quieren avanzar en ese negocio”, resume.

    Rodríguez coincide en que la mayoría de las comunidades autónomas no tienen interés en lanzar este sistema, pese a que existe una demanda y en la FM esté todo copado. La radio es el medio que más crece en facturación, un 11% más de enero a mayo, y más de la mitad de la población (57%) la escucha, con un promedio de 170 minutos diarios, según la Asociación Española de Radiodifusión Comercial (AERC)

    El reparto de frecuencias en Castilla y León deja a las cadenas religiosas con casi un tercio de las licencias

    Solo las licencias a Radio María, que ha ganado 27, rozan los límites establecidos por la ley audiovisual para garantizar el pluralismo. La cadena se había presentado en 43 municipios, y en seis de ellos era la única ofertante admitida. Junto con La Undécima Hora, han obtenido 35 frecuencias, mientras que otras emisoras con mayor audiencia como la SER se ha quedado con apenas dos. 

    Rodríguez advierte que en las bases del concurso se premiaba a las emisoras que no tuvieran ninguna licencia antes para favorecer a empresas de nueva creación. “Como la normativa no es muy clara, las bases de cada concurso determinan cómo se controla la pluralidad, para mí algo muy deficitario”, dice. El abogado apunta a que de estas bases pueden llevar a que las emisoras lleguen a acuerdos con distintas empresas pero presenten la misma oferta.

    La convocatoria deja también 14 frecuencias desiertas en localidades en las que había más oferta de licencias que solicitantes admitidos, la mayoría en municipios con menos de 12.000 habitantes, a excepción de Medina del Campo. Aunque Castilla y León no es la excepción en frecuencias que se van quedando desiertas. Sucede también en otras comunidades como Navarra.

    “El principal problema es la viabilidad económica, clave en cualquier concurso, y ahí el problema trasciende a los medios, porque no hay una apuesta firme para apoyar esos lugares que se están vaciando o que tienen menos capacidad de asumir recursos y tener audiencias”, dice García.

    La exigencia de pluralismo, en el eje de las polémicas sobre los concursos de licencias en FM

    Al igual que ha sucedido con esta convocatoria, las críticas por la falta de pluralidad han estado en el centro de la polémica de otras convocatorias. La propia Junta de Castilla y León suspendió el concurso de licencias de radio FM que había convocado en 2011 después de que un grupo presentara un recurso.

    También sucede en Canarias, donde la Asociación de Radios Independientes (Radican) exigió que se repitiera el concurso de 2012 para asignar 156 frecuencias después de que solo 12 empresas acumulasen 123 de ellas, según refleja en un artículo Sergio Luis Mederos, investigador de la Universidad de la Laguna. O en la Comunidad Valenciana, donde arrastran el problema de tener dos convocatorias para las mismas frecuencias.

    Mientras tanto, el camino para quienes quieran optar a una nueva licencia es reducido. La nueva ley, aprobada este año, ha flexibilizado el camino para que las radios del tercer sector puedan optar a una licencia, y el número de radioaficionados sigue creciendo, con 32.001 usuarios y 299 asociaciones inscritos en el registro.

    Este espacio está reservado para “personas debidamente autorizadas que se interesan en la radiotecnia con carácter exclusivamente personal y sin fines de lucro”, como define el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Para poder tener el carné de radioaficionado y la autorización administrativa de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, hay que pasar un examen. En él se evalúan conocimientos de electricidad y radioelectricidad para operar una estación, así como preguntas sobre la normativa.

    Las comunidades autónomas tienen la obligación de ofrecer las frecuencias desiertas 

    Las comunidades autónomas son las responsables de sacar a concurso los nuevos permisos. Los medios o las personas físicas que quieran participar deben cumplir con unos requisitos mínimos, como por ejemplo emitir al menos 12 horas diarias y 85 semanales en el caso de Castilla y León. 

    También establecen límites: una misma persona o empresa no puede controlar más del 50% de las licencias en un ámbito de cobertura (en ningún caso más de cinco). En una misma comunidad autónoma, el máximo se reduce al 40% en ámbitos en los que solo tenga cobertura una única licencia y se limita a un tercio de las licencias con cobertura en todo el país.

    Una vez reciben la licencia, esta dura 15 años y se pueden renovar de forma automática si se cumplen las condiciones para la prestación del servicio y el titular está al día en el pago de tasas. Además, cuando se libera una frecuencia, las comunidades autónomas tienen la obligación de convocar un concurso en un plazo de tres meses si alguien lo pide. Las empresas que reciban una licencia y los titulares de participaciones significativas dentro de ellas deben inscribirse en el Registro Estatal de prestadores de servicios de Comunicación Audiovisual. Esto último es clave, ya que operar sin estar registrado o sin tener una licencia puede suponer multas de hasta 200.000 euros, al igual que ​​fomentar el odio, el desprecio o la discriminación, que se consideran infracciones muy graves.

    Fuentes

    Jaime Rodríguez, abogado del despacho Diez & Romeo Abogados

    Alberto L. García, profesor de la Universidad Complutense especializado en Estructura y Empresa de Radio

    Concurso licencias radio FM de titularidad privada, Junta de Castilla y León

    Plan Técnico Nacional de Radiodifusión sonora de FM

    Emisoras de Radio Nacional de España en frecuencia modulada, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

    Emisoras de Radio Nacional de España en ondas medias, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

    Espectro radioeléctrico, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

    Operadores de radio, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

    Registro Público de Concesiones

    Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias

    Asociación Española de Radiodifusión Comercial (AERC)

    Ley audiovisual

     

    Compartir
  • El pasado mes de diciembre de 2021 se ha dictado una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anulaba 1 sanción de 20.000 € y el precinto a una emisora de radio FM por emitir sin licencia. La Junta de Andalucía acusaba a la emisora de estar funcionando careciendo de la preceptiva licencia audiovisual.

    Los hechos se remontan al expediente sancionador abierto en 2018. Aquel año la Junta de Andalucía quiso hacer valer su capacidad para proteger la adjudicación de licencias FM realizada en su día. A través de sus dispositivos los funcionarios se comenzaron a realizar mediciones para detectar qué frecuencias eran legales y cuáles no. También se habilitaron a varios ingenieros para levantar actas a la radio que consideraban ilegal.

    Así se abrió el expediente sancionador a la emisora almeriense y, tras su tramitación, se resolvió sancionar con multa de 20.000 €, cese de emisiones y precinto de las instalaciones.

    Ante ello, desde DIEZ Y ROMEO  se asesoró a la emisora acudir a la vía judicial, hecho que se llevó a la práctica con la interposición de un recurso contenciosos-administrativo ante el TSJ de Andalucía.

    Los argumentos de la batalla judicial radicaban, entre otros, por la emisora de radio en:

    • Retraso en tramitar y resolver el expediente (Caducidad).

    • Falta de prueba de la infracción.

    • Ausencia de motivación

    • Infracción de principio de confianza legítima

    Por parte de la administración, entre otros, esgrimió los siguientes razonamientos:
    • Presunción de veracidad de lo actuado por funcionarios públicos

    • Presunción de certeza de las actas de la Administración

    • Proporcionalidad de la sanción impuesta.

    Tras los diferentes trámites procedimentales, la emisora, representada por DIEZ Y ROMEO terminó imponiéndose a la administración ante el tribunal. La Sentencia ha estimado la demanda y, en consecuencia, ha anulado la multas y precinto que en su día impuso la Administración.

    Con este fallo, los letrados de DIEZ Y ROMEO, en defensa de los medios de comunicación, han logrado anular la multa y el cierre de la emisora protegiendo sus emisiones y manteniendo su actividad radiodifusora desde sus instalaciones.

    En cualquier caso, no parece razonable que se pretenda sancionar a las emisoras que se encuentran en un escenario de falta de regulación por actos sólo imputables a la Administración.

    El resultado obtenido por DIEZ Y ROMEO ha sido inestimable y confirma una vez más la necesidad de contar con una defensa legal especializada en el ámbito audiovisual y telecomunicaciones que pueda detectar y neutralizar posibles irregularidades en la tramitación de los expedientes sancionadores

    Compartir
  • El pasado 16 de noviembre de 2021 se ha dictado una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que condena a la Generalitat Valenciana a convocar el concurso de licencias vacantes de radiodifusión sonora digital. El número de licencias de radio que sacarán a concurso varía en función de cada provincia. En Alicante saldrán 30 licencias, en Castellón 36 y en Valencia 66.

    Los hechos se remontan a las peticiones realizadas por varias entidades con aspiraciones a ser emisoras de radio en 2018. Desde entonces numerosos prestadores buscaban una vía para acceder a las licencias que tiene la C. Valenciana sin adjudicar, a pesar de la demanda existente de medios de comunicación. Se invocaron los derechos de libertad de expresión e información, así como el pluralismo informativo para terminar solicitando a la Generalitat que liberase las licencias audiovisuales sacándolas a concurso público. Sin embargo la Administración denegó tal solicitud manteniendo las licencias de radio digital sin adjudicar.

    Con esta decisión se condenaba a los prestadores a no poder desarrollar su actividad de radio, dado que la falta de licencia se sanciona con 100.000 € y precinto de las instalaciones.

    Ante ello, desde DIEZ Y ROMEO ABOGADOS se asesoró a las distintas emisoras acudir a la vía judicial, hecho que se llevó a la práctica con la interposición de numerosos recursos contenciosos-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. En concreto ante la Sala de lo Contencioso-administrativo, atribuyéndose el estudio de los distintos pleitos a los Magistrados designados.

    Tras los diferentes trámites procedimentales, las emisoras, representadas por DIEZ Y ROMEO terminaron imponiéndose a la administración ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de la Comunidad Valenciana. El fallo ha estimado la demanda y, en consecuencia, ha anulado la denegación de la convocatoria de licencias de radio digital.  Su resolución es clara:

    “Debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la desestimación presunta por la Secretaria Autonómica de Comunicaciones de Presidencia de la Generalidad Valenciana de la solicitud de convocatoria de concurso público para el otorgamiento del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora digital terrestre integradas en los bloques de frecuencias asignados a la Comunidad Valenciana, y en consecuencia se anula y deja sin efecto, y en su lugar se declara la pertinencia de proceder a la convocatoria del concurso público de las licencias audiovisuales de radiodifusión sonora digital terrenal sin otorgar, y la pertinencia de iniciar el procedimiento de adjudicación de las referidas licencia (…)”

    Además la Sentencia para dar la razón a la emisora, en su fundamento Jurídico 1º resalta que:

    “Examinadas todas las sentencias citadas se entiende por este Tribunal, que resuelven cuestiones idénticas a las que nos ocupa, Con ello, debemos concluir que los preceptos en que se ampara la solicitud de convocatoria de concurso públicos para la adquisición de licencias se ajusta a la interpretación sistemática del artículo 27 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, relativo a los concursos para la concesión de licencias de prestación de servicios audiovisuales”

    Este fallo alivia a las emisoras que tienen su actividad paralizada por falta de convocatoria de concursos de licencias de radio digital.

    El resultado obtenido por DIEZ Y ROMEO ha sido inestimable y confirma una vez más la necesidad de contar con una defensa legal especializada en el ámbito audiovisual y telecomunicaciones que pueda detectar y neutralizar posibles bloqueos del mercado radiofónico provocados por la inactividad de las autoridades audiovisuales.

    Compartir
  • “Influencers”, sus opiniones son tenidas en cuenta por miles de seguidores en las redes sociales. Detrás de su actividad, hay derecho de propiedad industrial e intelectual, derechos de imagen y datos de carácter personal. Incluso posibles responsabilidades jurídicas por divulgar informaciones falsas o inexactas. Si eres #influencer #ticktockers #podcasters #youtuber #celebrity y necesitas asesoramiento legal, puedes contactar con nosotros.

    Compartir
  • Díez Romeo.

    El Gobierno ya tiene sobre la mesa el órdago de los nacionalistas sobre la Ley Audiovisual: que Netflix, HBO, Disney + o Amazon produzcan un 10% de su contenido en lenguas cooficiales como el catalán o el vasco. Una medida que «podría encajarse en el ordenamiento jurídico» actual, pero que supone un «proceso complicado» y sería «ruinosa» para la publicidad y «hasta discriminatoria» para las plataformas.

    Esa es la opinión mayoritaria que manifiestan los expertos en derecho audiovisual y directivos de comunicación consultados por EL MUNDO sobre una medida que, por el momento, en Moncloa no se plantean incluir en la nueva legislación y sobre la que las plataformas guardan silencio.

    Ninguna de las empresas de vídeo bajo demanda se posiciona al respecto. «Sólo conocemos el anteproyecto de ley y es prematuro para tener una valoración», señalan en Netflix, la única en emitir un mínimo juicio al respecto, pero sin ahondar en la medida concreta propuesta por los nacionalistas.

    «Estamos hablando de que la Ley Audiovisual es una norma básica que luego podrían regular cada una de las comunidades autónomas porque tienen competencias para hacerlo», explica Jaime Rodríguez, experto en Derecho en Díez & Romeo, que apunta que sería muy «complicado» y «hasta discriminatorio» introducir esta medida en la nueva ley y que «lo más sencillo» sería que sean los propios gobiernos autonómicos quienes negocien con las plataformas estos contenidos a través de sus Consejos Audiovisuales, un órgano que tienen, por ejemplo, Cataluña y la Comunidad Valenciana.

    El hecho es que sin la regulación de la norma base, que sería la Ley Audiovisual, las comunidades no pueden forzar a los servidores de vídeo bajo demanda a producir una parte de su contenido en lengua cooficial, al tratarse de entes nacionales. Es decir, si Netflix o HBO tuvieran delegación catalana, la Generalitat sí podría regularlo.

    «Tanto la posibilidad de incluir dichas obligaciones como la de no hacerlo encuentran perfecto amparo en nuestro ordenamiento jurídico», señala Maitane Valdecantos, experta en la materia del despacho de abogados Audens. Y cita un informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), del 28 de julio de 2021, en el que aporta que «debería preverse un porcentaje especifico para las obras en lenguas cooficiales de las comunidades autónomas o algún criterio como el peso poblacional del conjunto de territorios con lenguas cooficiales». Algo similar a la propuesta que los nacionalistas han trasladado a Moncloa.

    No obstante, en el sector audiovisual, no se muestran convencidos ni de que forzar a las plataformas en este punto sea una buena idea ni de que económicamente sea viable. Dos directivos del sector consultados por este diario coinciden en que «sería ruinoso» en cuanto a la publicidad puesto que el mercado de las lenguas cooficiales es bastante más pequeño que el de una lengua como el castellano, una de las más habladas en el mundo. Eso «reduce las posibilidades» de que sea viable.

    En este punto, como ejemplo, el abogado Jaime Rodríguez, Diez & Romeo Abogados, cita las emisoras de radio en Cataluña y País Vasco donde la publicidad es «muy inferior» en el caso de las que emiten plenamente en lengua cooficial por lo que tienden a buscar un modelo híbrido entre ambos idiomas. «Una cosa es lo que te piden los colectivos y otra cosa la facturación», remarca.

    «Eso sería también ir contra la industria, echarte encima a las grandes empresas y ponerlas en posición de debilidad cuando han ido creciendo en los últimos años y llegado incluso a acuerdos con el Gobierno», aporta un productor. De hecho, hace apenas dos meses, en julio, Netflix suscribía un acuerdo con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para utilizar sus series en España como reclamo que reactive el sector turístico para paliar los efectos de la pandemia del Covid.

    Ese es otro de los puntos que dificulta que el Gobierno vaya a forzar a las plataformas ante esta disyuntiva a la que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que encabeza Nadia Calviño, se muestra reticente, al menos en este momento.

    Fuente: El Mundo Obligar a Netflix a producir en catalán o vasco: una medida "complicada", "ruinosa" y "discriminatoria" | España (elmundo.es)

     

     

    Compartir
  • Hacemos extensible la entrevista efectuada a Paula Romeo, sobre Drones y su lado aún desconocido. 

    https://www.abogacia.es/actualidad/entrevistas/con-la-venia/paula-romeo-sigue-habiendo-mucho-desconocimiento-sobre-como-volar-drones/

    Compartir
  • Una de las especialidades del Despacho Díez & Romeo, es el Derecho Administrativo, y vamos a llevar a cabo las reclamaciones en vía administrativa y judicial por el cierre de negocios con ocasión del Estado de Alarma. 

    Nuestro Servicio incluye:

    1.- Análisis de la viabilidad.

    2.- Peritación de los daños.

    3.- Somos abogados expertos en Derecho Administrativo, con una trayectoria profesional de 20 años de ejercicio, consulta nuestro perfil en Emérita Legal:

    https://www.emerita.legal/int-88605/despacho/diez-romeo-2618

    4.- Hilo directo con el cliente sobre la resolución del expediente y pasos a dar.

    Infórmate y si tienes alguna duda contacta con nosotros:

    Tel. 91.436.19.19

    Movil y WhatsApp 625.06.11.26

    Email: info@diezromeo.com

    Videollamada: http://diezromeo.com/es/form/videollamada

    Compartir
  •  

    El nuevo marco regulatorio europeo, se aplica a todas las aeronaves no tripuladas (UAS), sean autónomas o estén pilotadas de forma remota, y sin importar su masa o el uso.

    Lo que sí es de destacar es que están exentos los drones y personal militar, búsqueda y salvamento, policías, agentes de aduanas y control de fronteras, bomberos, guardacostas y demás Cuerpos de Seguridad y autoridades diversas.

    Como novedades a tener en cuenta:

    • Nueva clasificación de los UAS según su peso.
    • Identificación Electrónica Remota Directa.
    • Registro Electrónico.
    • Zonas Geográficas. 
    • Tres categorías operacionales diferentes.

    Por ahora, seguirá vigente el Real Decreto 1036/2017, que regula el uso de drones en España y seguirá aplicándose la normativa nacional en los períodos de transición contemplados en el Nuevo Reglamento Europeo y en las situaciones operacionales no cubiertas por éste. 

    Existen unos períodos de implantación del nuevo reglamento europeo y los cambios van a aplicarse de manera progresiva a medida que se vaya adaptando el sector.

     

    Compartir
  • Compartir
  • Compartir
  • En el BORM de 20/10/2020 ha sido aprobado el inicio de los trámites para la aprobación de las bases de la convocatoria de un nuevo concurso público para el otorgamiento de las 51 Licencias de Radio FM.

    Lo puedes consultar en https://www.borm.es/#/home/anuncio/20-10-2020/5711

    El nuevo concurso se va a convocar tras la Sentencia número 303/2020, de 2 de julio, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que estima íntegramente el recurso interpuesto por Tecnored Digital, S.L. y ordena la volver a repetir la convocatoria al no haberse resuelto el concurso convocado por la Orden de 28 de enero de 2013.

    La parte dispositiva del Acuerdo indica, entre otras cuestiones:

    “Primero.- Ejecutar en sus propios términos la sentencia número 303/2020, de 2 de julio, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, dictada en el expediente de referencia.

    Segundo.- Ordenar a la Dirección General de Informática Corporativa que proceda al inicio de los trámites conducentes a la aprobación de las bases de la convocatoria de un nuevo concurso público para el otorgamiento de las 51 licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud de la sentencia antes citada.

    Tercero.- Proceder a la devolución de las ofertas presentadas”

    Con esta publicación la Región de Murcia anuncia que en breve serán publicadas las nuevas bases de la convocatoria de 51 licencias de comunicación audiovisual.

     

    Compartir
  • Díez & Romeo ofrece la posibilidad de contratar un abogado en sustitución para celebrar un juicio digital a través de la plataforma Webex. Los abogados nos conectamos a través de la aplicación y el juicio lo desarrollamos con la misma formalidad que requiere el juicio presencial.

    Hacemos Sustitución con nota de juicio ya preparada o bien sustitución con juicio preparado por los letrados. Posibilidad de realizar juicios urgentes.

    Delegar el trabajo y ganar tiempo es necesario para hacer crecer a tú Despacho.

    Si necesitan información adicional, no duden en contactar con nosotros y les haremos llegar nuestros honorarios .

    Un saludo muy cordial

    Compartir
  • El Curso de Posgrado de Especialista en Derecho Aeronáutico y Espacial, impartido por la Facultad de Derecho (ICADE), Universidad Pontificia Comillas, en colaboración con la Asociación Española de Derecho Aeronáutico y Espacial arranca el próximo 14 de enero de 2021.

    El claustro de ICADE incorpora a los profesionales privados claves del sector y a los funcionarios en ejercicio más relevantes, así como a catedráticos y personal docente, que garantiza el equilibrio entre la excelencia académica y la visión práctica del asesoramiento jurídico. Todo ello hace posible las prácticas en las empresas que brinda el curso. Díez Romeo se complace en participar como entidad colaboradora y docente del curso.

    Díez & Romeo participa en ésta visión global del derecho aeronáutico y espacial, en los Aspectos legales de los sistemas de navegación por satélites. 

     

    Compartir