NOTAS DE PRENSA

12. Junio 2013

El grooming o acoso a menores a través de la red, es uno de los ataques que los menores pueden sufrir cuando se conectan a internet. El grooming consiste en el diseño por parte de un adulto de una serie de lazos y estrategias para ganarse la confianza del menor haciéndose pasar por personas de una edad similar. El objetivo del acosador es obtener imágenes eróticas de la otra persona e incluso, poder llegar a coaccionar al menor para poder obtener relaciones sexuales a cambio.

Los padres deben saber que el grooming es un delito. La Ley Orgánica 5/2010 de 22 junio modifica el Código Penal (Ley 10/1995 de 23 de noviembre) introduciendo el Artículo 183 bis “El que a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de trece años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 178 a 183 y 189, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos.Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño“.

¿Qué hacer ante un caso de grooming o acoso a menores?

Es muy importante que se conciencie a los menores que no deben dar sus datos a personas que no conozcan, pero si el acoso se ha llegado a producir, es importante hacer ver al menor que él o ella no es la culpable de esa situación sino la víctima, y que por ello se va a actuar. Guarde todas las pantallas o pruebas que tenga y ponga con ello una denuncia. Todos los mensajes o conversaciones son pruebas importantes que presentar ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que en su investigación pueden averiguar la dirección IP del ordenador empleado por el agresor y así llegar hasta él.

Fuente Inteligencia Legal  http://www.inteligencia-legal.com

 

 

12. Junio 2013

El robo de identidad o delito de usurpación de estado civil es el hecho por el cual una persona se apropia de la identidad de otra, haciéndose pasar por ella para acceder a recursos y beneficios, actuando en el tráfico jurídico simulando ser la persona suplantada. Cuando el mencionado robo de identidad se produce a través de internet este hecho es también conocido como suplantación de identidad.

Uno de los principales fines de estos impostores es poder conseguir dinero, préstamos o créditos en nombre de aquellas personas a las que roban la identidad, celebrar contratos, e incluso cometer ilícitos penales, como por ejemplo los delitos de injurias y calumnias que cometa el autor del delito haciéndose pasar por otro.

En muchas ocasiones, el robo de los datos personales se produce a través de la red, por ello es muy importante seguir estos consejos para evitar una posible suplantación de identidad:

 - Instalar un firewall o antivirus potente
 - Utilizar contraseñas largas de ocho o más dígitos, en las que se combinen mayúsculas y minúsculas con números
 - Introducir los datos personales sólo en aquellos directorios que cuenten con certificado de seguridad (https)
 - Si realiza alguna transacción en internet, guarde los comprobantes
 - No responder a ofertas que no se hayan solicitado previamente
 - No compartir ningún tipo de información financiera a través de la red
 - Si paga algún servicio con la tarjeta de crédito, custodie el justificante que de devuelva el establecimiento comercial.
 - Si su tarjeta de crédito es de aquellas en las que debe introducir un número pin, oculte la marcación de su clave.

Para evitar el robo del número PIN de la tarjeta de crédito o débito, así como cualquier otro tipo de información personal que pueda servir a otras personas para cometer este fraude, es importante que guarde toda la información personal en lugar seguro, nunca deje los documentos a la vista de terceras personas y no cree contraseñas que tengan relación con sus datos personales -fecha de nacimiento, por ejemplo-.

Para asegurar que la identidad no ha sido robada, es importante llevar un control de todas aquellas cuentas que se poseen y estar atento a cualquier movimiento anómalo que se produzca. Es imprescindible denunciar la pérdida de tarjetas y documentos personales ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, para dejar constancia del hecho y que no puedan imputarle los hechos realizados por el infractor.

Si la finalidad del infractor es suplantar la identidad de la víctima en la red, es conveniente comunicarse con el administrador de la página web o red social para que elimine los contenidos publicados por el usurpador. Antes de denunciar debemos preparar pruebas de cargo, como impresiones en papel de las pantallas del ordenador “pantallazos”, que nos permitan demostrar la usurpación, incluso levantar acta notarial de los contenidos ilícitos, testigos y demás pruebas con las que poder fundamentar en su día una Sentencia de condena:

 Fuente: Inteligencia Legal  http://www.inteligencia-legal.com

10. Junio 2013

El presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, ha dicho en una entrevista que publica Expansión que van a "externalizar" la gestión de Telemadrid y posiblemente la de IFEMA.

Sobre Telemadrid, afirma que "estamos en un proceso de ver si Telemadrid es viable con mucho menos personal". "Había -afirma- un gran desfase entre los gastos y los ingresos, lo que generaba un déficit cada vez mayor, que no podíamos sostener. La plantilla de 1.200 trabajadores era insostenible; por eso propusimos un ERE, que está recurrido judicialmente por los trabajadores afectados. Si por alguna circunstancia el ERE fuera declarado nulo, tendríamos que cerrar directamente Telemadrid porque no lo podemos sostener. Ahora estamos en una estructura mucho más ajustada y tenemos que incorporar fórmulas de gestión que la hagan sostenibles y que pasan por la externalización de la gestión al sector privado".

Respecto a IFEMA señala que "hay que mejorar la gestión, tratar de buscar más negocio fuera". "No es tanto privatizar la gestión, lo que no es descartable, como conseguir que haya actividad ferial, salir a buscar nuevos productos... pero aquí no podríamos decidir solos, tendríamos que verlo con otros socios. Hay que reforzar la gestión, hacerla más dinámica, abrir nuevos mercados...".

 

Fuente: El Mundo

4. Junio 2013

I.- Creación de la Mesa de Valoración.-

La Mesa de Valoración se constituirá el próximo 24 de julio a las 12:00 en la sede del CAC. Ese día se dará oficialidad a los miembros que estudiarán la documentación presentada al concurso.

II.- Análisis del sobre nº 1 y posible subsanación.-

Lo primero que hará la Mesa es examinar y analizar el sobre nº 1 o documentación administrativa y empresarial de las empresas y entidades presentadas. Allí se dirimirá si la documentación de los aspirantes acredita el cumplimiento de los requisitos de capacidad previstos por la Ley General de Comunicación Audiovisual. 

Si la Mesa observase algún defecto u omisión en la solicitud, se concederá un plazo, no superior a 10 días, para subsanar o presentar la documentación requerida. En caso de no hacerlo, se rechazará la candidatura.

En el acto público de apertura de ofertas, se dará la lista definitiva de admitidos y excluidos del concurso.

III.- Valoración de las Ofertas: Procedimiento.-

Una vez se haya determinado que entidades son admitidas al concurso se procede al análisis de cada una de las ofertas en función de los criterios de valoración. Los expertos abordan los bloques relativos a:

1.- Propuesta de Programación, 210 puntos.

2.- Propuesta Técnica, 80 puntos.

3.- Propuesta Económica, 80 puntos.

4.- Propuesta Estructural, 80 puntos.

Podrán apoyarse en una consultora externa o en funcionarios distintos de los que componen la Mesa de Valoración.

 

IV.- La propuesta tecnológica: la menos relevante.-

El criterio que más peso tiene y el primero en valorar será el de programación. Es decir, será el más relevante ya su diferencia resolverá el empate de puntos.

La valoración de las ofertas presentadas se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento:

1.- En primer lugar, las ofertas serán clasificadas por orden de más a menos puntuación respecto de la suma total de puntos obtenidos.

2.- En el caso de que 2 o más ofertas obtengan la misma puntuación, la Mesa propondrá la adjudicación a favor de la oferta que tenga una mejor puntuación en los criterios referentes a la programación. Si siguen igualadas las ofertas, se acudirá a la  mejor puntuación en los criterios referentes a la propuesta económica. Y por último, lo contemplado de la  propuesta tecnológica.

3.- Si se mantiene el empate, la adjudicación mediante sorteo en acto público.

La propuesta de adjudicación y valoración no creará derecho alguno en favor de los adjudicatarios propuestos.

 

 

3. Junio 2013

En el día de hoy se ha publicado en el BOCYL la suspensión del concurso de licencias de FM en Castilla y León que se convocó el pasado 4 de abril por medio de la Orden FOM/372/2011. Un supuesto no igual, pero parecido, aconteció recientemente en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Tras un procedimiento judicial cuestionando la validez de la convocatoria, La Junta de Castilla y León, por medio de la Consejería de Fomento, ha decidido suspender la vigencia de la licitación. ¿La razón? Que hay  elementos de juicio suficiente para considerar que la resolución del concurso, existiendo un proceso judicial, podría causar a los licitadores perjuicios de imposible o difícil reparación si finalmente la demanda es estimada.

El respaldo jurídico para ello es el artículo 72 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Allí se establece que iniciado el procedimiento, el órgano administrativo competente podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficiente para ello.

Contra la Orden que suspende el concurso, los interesados puden interponer los recursos que estimen convenientes

 

Accede a la suspensión: http://bocyl.jcyl.es/html/2013/06/03/html/BOCYL-D-03062013-11.do

 

 

Velázquez, 94, 1º 28006 Madrid, Tel. +34 91 799 29 24 / +34 91 781 74 11



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